Art.21 El Consejo de Vigilancia y Control estará integrado por un miembro de cada área académica y un representante del comité regional. Se elegirá un propietario y un suplente en la asamblea regional.
Art.22 El Administrador Regional será el secretario de finanzas del comité regional, su gestión será honorífica.
Art.23 El Administrador Regional nombrara al Contador y al Cajero.
Art.24 Los integrantes del consejo de Vigilancia y Control durarán en su cargo un año y podrán reelegirse hasta por tres periodos, su gestión será honorífica.
<-- Primero ... Atras<--