Prestaciones y Derechos

 
 

SEGURO MUTUALISTA ESTATAL

 

 

Fundamentación

La "Mutualista" Estatal del Personal Académico de la Universidad Veracruzana es un acuerdo del Sindicato Estatal del Personal Académico de la U.V., FESAPAUV, en su XXXIII Asamblea Estatal Extraordinaria efectuada en la ciudad de Orizaba, Ver., el 28 de junio de 1992.

Entra en vigor el primer día del mes de febrero de 1993.

No es una prestación Institucional, es un acuerdo sindical que le permite brindar auxilio a los deudos que el maestro estipule en una "Carta de declaración de beneficiarios".

  1. Es condición para pertenecer a esta MUTUALISTA-FESAPAUV, ser Trabajador Académico de la Universidad Veracruzana y aparecer en nómina.
  2. El ingreso a esta MUTUALISTA-FESAPAUV será automático, debiendo manifestar su negativa por escrito quienes determinen por voluntad propia no querer pertenecer a ella.
  3. La cuota que se asigna para cada deceso será el monto correspondiente a un salario mínimo vigente en el Distrito Federal.
  4. El monto de lo recaudado será variable, según el número de trabajadores en activo contratados, con base en la nómina correspondiente.
  5. Al dejar de ser trabajador de la Universidad Veracruzana por otra causa que no sea la defunción, el Maestro no tendrá derecho a solicitar la presente prestación.
  6. Para que la declaración de beneficiarios no sea objetada, deberá estar debidamente certificada ante Notario Público o ante la autoridad Municipal correspondiente.

Requisitos

a) Cada uno de los interesados deberá entregar su carta de Declaración de Beneficiarios por triplicado, con letra de molde legible o a máquina, debiendo cubrir los siguientes requisitos: nombre completo, número de personal, puesto y categoría, dependencia, clave de zona (cve/z), clave de dependencia (cve/depcia), clave de tipo de contratación (cve/t.c.), nombre de cada uno de los beneficiarios con su domicilio, lugar de origen, fecha de nacimiento, estado civil y porcentajes que deben asignarse a los beneficiarios, firma del interesado, autoridad que certifica, y el nombre y firma de dos testigos miembros del Sindicato y en caso de que alguno o algunos de los beneficiarios sean menores de edad, debe designarse albacea.

b) Para hacerse acreedor a este beneficio deberán presentar la Carta de Declaración de Beneficiarios debidamente requisitada; el acta de defunción del integrante de la MUTUALISTA; previa identificación del beneficiario.

Formas de Pago

Cuando algún trabajador fallezca y esté activo en el momento del deceso, se hará el pago de acuerdo a los porcentajes asignados en la Carta de Declaración de Beneficiarios. En caso de no existir Carta de Declaración de Beneficiarios, el
pago se otorgará a las personas que designe la H. Junta local de Conciliación y Arbitraje.

Deberán entregar oficio solicitando el pago, dirigido al Secretario General Regional a que corresponda, anexando original del acta de defunción y acta de nacimiento de los beneficiarios, así como los 3 últimos talones de cheque recibidos por el finado.

El importe total de la cantidad descontada al Personal Académico se entregará en dos partes: el 80% aprox. como pago parcial inicial, dejando un 20% para efectos de cheques cancelados, el cual será cubierto posteriormente.

El salario mínimo vigente a septiembre de 2000 en el Distrito Federal es de $ 37.90.

Procedimientos Seguro Mutualista

1.-Ir a la página www.fesapauvxalapa.org dar clic en el link de Prestaciones y Derechos nuevamente dar clic en Formatos. Descargue el formato de declaración de beneficiarios (se requiere tener instalado Win Zip)

2.-Llenar e imprimir 4 tantos

3.-Certificar ante notario público o Juez Municipal.

4.-Entregar en la Secretaria del Interior y Previsión Social del Comité Ejecutivo Regional Xalapa-FESAPAUV para el registro correspondiente ante el Comité Estatal-FESAPAUV

5.-El Comité Estatal-FESAPAUV envía al Comité Ejecutivo Regional Xalapa-FESAPAUV.

 

Descargue Declaración de Beneficiarios